Divorcio ante Notario: Preguntas y Respuestas
1. ¿Tengo que ir al Tribunal?
No, el procedimiento se lleva a cabo exclusivamente en la oficina mediante el otorgamiento de escritura pública ante notario.
Excepción: las partes tienen como alternativa la vía judicial para atender asuntos de menores tales como: alimentos, relaciones filiales, custodia y patria potestad.
2. ¿Cuáles son los requisitos?
Residencia en Puerto Rico durante el año previo al otorgamiento de la escritura pública.
Acuerdo entre las partes.
Ausencia de hijos incapacitados.
Presencia de ambas partes.
3. ¿Cuáles son los documentos requeridos?
Certificado de Matrimonio original expedido por el Registro Demográfico de Puerto Rico o entidad análoga fuera de la jurisdicción.
Copia Certificada Escritura de Capitulaciones. (Si aplica)
Certificado de Nacimiento de los hijos producto del vínculo matrimonial. (Si aplica)
Declaración Jurada titulada: “Estipulación y Acuerdos sobre Divorcio por Consentimiento Mutuo”.
4. ¿Cuándo adviene final y firme el divorcio?
El divorcio adviene final y firme con la firma de los comparecientes.
5. ¿Por cuál causal me puedo divorciar ante notario?
Mediante la causal de divorcio por consentimiento mutuo.
6. ¿Qué pasa si tenemos bienes que dividir?
Ambas partes deberán alcanzar un acuerdo para la división de todos los bienes pertenecientes a la sociedad legal de gananciales o comunidad de bienes.
Este acuerdo debe estar juramentado.
7. ¿Qué pasa si tengo hijos producto de nuestro vínculo matrimonial?
Los siguientes aspectos se pueden establecer mediante acuerdo juramentado:
Custodia.
Patria Potestad.
Alimentos.
Relaciones Filiales.
Hogar Seguro.
Los comparecientes tendrán como alternativa la vía ordinaria en el tribunal para los asuntos antes mencionados.
8. ¿Qué asuntos no se pueden disponer mediante acuerdo juramentado ante notario?
Todo asunto que involucre incapacitados será de exclusiva competencia del Tribunal de Primera Instancia.
*El presente artículo es con fines educativos y no sustituye la orientación y contratación de un abogado.*
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